Marco de la asociación

Reglamento de socios

Las condiciones que regulan la asociación y el uso de la red de beneficios.

Borrador de referencia. Este reglamento es un modelo orientativo. Antes de publicarlo, revisalo con el asesoramiento legal de la mutual y ajustá cada artículo a la normativa vigente.

Artículo 1 — Objeto

La mutual pone a disposición de sus socios el acceso a una red de comercios adheridos que ofrecen descuentos y condiciones especiales. La asociación se rige por el presente reglamento.

Artículo 2 — Condiciones para asociarse

Puede asociarse toda persona mayor de edad que presente su documento de identidad, complete el alta y acepte este reglamento. La mutual podrá solicitar la documentación adicional que considere necesaria.

Artículo 3 — Credencial del socio

La condición de socio se acredita con el documento de identidad, que funciona como credencial. Es personal e intransferible; el beneficio corresponde únicamente al socio titular.

Artículo 4 — Cuota social

El socio abona una cuota mensual que mantiene activa su condición. El atraso en el pago suspende el acceso a los beneficios hasta su regularización, sin necesidad de un nuevo alta.

Artículo 5 — Uso de los beneficios

Para acceder a un beneficio, el socio se identifica en el comercio adherido con su documento. Cada comercio define y aplica las condiciones de su propio beneficio, que pueden variar entre uno y otro.

Artículo 6 — Obligaciones del socio

El socio se compromete a brindar datos veraces, a hacer un uso personal y de buena fe de su credencial, y a informar cualquier cambio en sus datos de contacto.

Artículo 7 — Bajas y suspensiones

El socio puede solicitar su baja en cualquier momento. La mutual podrá suspender o dar de baja a quien incurra en mora reiterada o en un uso indebido de la credencial o de los beneficios.

Artículo 8 — Datos personales

Los datos del socio se utilizan exclusivamente para la gestión de la asociación y de los beneficios. El número de documento no se publica ni se comparte con terceros ajenos a la red.

Artículo 9 — Modificaciones

La mutual podrá actualizar este reglamento cuando lo considere necesario. Los cambios se comunicarán a los socios por los canales habituales y regirán a partir de su publicación.

Sistema de beneficios para socios. Una red local de comercios adheridos con descuentos permanentes en gastronomía, indumentaria, salud y servicios.